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USO DE INTERNET Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN

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Penalizar la difusión de rumores en Tabasco, ¿error de diagnóstico? Por Gerardo Flores Ramírez
Tomado de la edición digital de la revista etcétera, 5 de septiembre 2011. Se reproduce por considerarlo un aporte importante a la discusión sobre las libertades.

El pasado 30 de agosto, el Congreso de Tabasco aprobó la primera de dos reformas previstas al Código Penal del Estado, que se dan a raíz de una serie de rumores que se difundieron vía Twitter y Facebook, particularmente en mayo de este año, relacionados con supuestos incidentes de seguridad pública e incluso con presuntas advertencias del crimen organizado acerca de inminentes actos delictivos en algunos de los municipios tabasqueños.

La reforma ya aprobada consiste en adicionar un artículo 312 bis al ordenamiento citado, que dice:  “A quien utilice el servicio telefónico o cualquier medio de comunicación masiva para dar aviso de alarma o emergencia falsa, provocando con ello la movilización o presencia de servicios de emergencia o cuerpos de seguridad pública, o provoque caos o inseguridad social, se impondrá prisión de seis meses a dos años y de cincuenta a trescientos días de multa”.

Apenas un día después de aprobada esta reforma, el gobierno del estado remitió una nueva iniciativa, que pretende incorporar un nuevo capítulo al mismo Código Penal, denominado “Alarma Social”, y que consistiría en un solo artículo, el 367, que de aprobarse quedaría redactado así: “A quien por diversos medios orales, escritos, electrónicos, o de cualquier otro tipo, difunda información falsa con el ánimo de causar alarma, perturbar la paz pública o el orden constitucional, se le impondrá prisión de seis meses a cinco años y multa de cien a quinientos días”.

En ambos casos se trata claramente de un intento por controlar lo que la gente expresa no solo a través de las redes sociales sino también por cualquier otro modo de expresión en Internet, e incluso, por medio del servicio telefónico. Estos cambios al Código Penal estatal ocurren unos días después de la consignación de dos twitteros en el estado de Veracruz bajo cargos de terrorismo equiparado.

En el caso de Tabasco, diputados locales han argumentado que este tipo de disposiciones existe en otros países. Es cierto, hay antecedentes de esta clase de detenciones en Estados Unidos y Reino Unido, pero en ambos casos se trató de amenazas expresas. En el caso de Estados Unidos, hubo advertencias de muerte a integrantes del ala ultraconservadora del Partido Republicano, conocida como el Tea Party. En el caso británico fue una amenaza de bomba contra el aeropuerto de Doncaster, que a la postre resultó ser una broma. En ninguno de estos episodios se trató de rumores sobre posibles movimientos de grupos criminales o probables incidentes de seguridad pública.

Ahora bien, la reforma de Tabasco contiene una debilidad de fondo: la naturaleza global de Internet. Mientras el ámbito de aplicación de estos cambios legales se circunscribe exclusivamente al ámbito territorial del estado de Tabasco, es bien sabido que individuos ubicados fuera de esa ubicación geográfica, ya sea en México o desde el extranjero, pueden difundir mensajes del tipo que, precisamente, se busca evitar, con referencias expresas a supuestas situaciones que ocurren en el estado, sin que el Ministerio Público pueda siquiera hacer el intento por consignarlos, lo que significa que la reforma adolece de eficacia en su eventual aplicación.

Dichas modificaciones hacen necesario recordar que hace apenas unas semanas el gobierno británico –en un claro error de diagnóstico— anunció que buscará introducir mecanismos para prohibir la presencia de personas en redes sociales que sean sorprendidas difundiendo mensajes que alienten disturbios sociales, como los que ocurrieron en el barrio londinense de Tottenham. Posteriormente, anunció que consideraba la idea de suspender los servicios de redes sociales en situaciones de disturbios sociales. No obstante, el pasado 25 de agosto, tres integrantes del gabinete del primer ministro David Cameron informaron a representantes de Twitter, Facebook y Blackberry que el gobierno se desistía de sus planes.

Aparte de este intento del gobierno británico, en una búsqueda de información sobre este tipo de restricciones expresas en el marco legal de otros países, sólo me topé con los casos de Venezuela y los Emiratos Árabes Unidos, lo que resulta ilustrativo para ubicar las reformas aprobadas en Tabasco. O, para decirlo de otra manera, las reformas de Tabasco no tienen paralelo a escala internacional.

En el fondo, lo ocurrido en Veracruz y las reformas en Tabasco son el reflejo de la miopía de las autoridades para determinar qué es lo que da lugar a la difusión de rumores a través de las redes sociales y los mecanismos más adecuados para minimizar esa motivación. Es decir, se trata de un claro error de diagnóstico.

Es cierto que se puede señalar la irresponsabilidad de algunos twitteros al difundir rumores, aunque es cierto que, tratándose de redes sociales, es imperativo que los gobiernos estén atentos en tiempo real a los mensajes que se difunden, de manera que ingresen a esas mismas redes a difundir información que desmienta cualquier rumor. Se requiere que los gobiernos –estatales o federal— sean proactivos en las redes sociales, pues un retraso de una o dos horas para proveer  información institucional hará que fracase cualquier desmentido.

Para concluir, la incapacidad del gobierno de actuar oportunamente para mantener debidamente informada a la población no puede ser pretexto para introducir disposiciones cuyo margen para ser interpretadas puede poner en riesgo el ejercicio de libertades fundamentales como la de expresión o el derecho a estar comunicado.

 

 

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